Como empresa de reformas en Madrid Sur queremos aprovechar este post inaugural de nuestro blog para trazar una clara línea divisoria entre una obra mayor y una obra menor. Sobre todo porque los trámites de los que ocuparse antes de empezar con los trabajos no son los mismos.
Las diferencias entre ambas radican más que nada en la naturaleza de los trabajos, el alcance, los profesionales que intervienen o los trámites legales necesarios. Por descontado, las medidas de seguridad tampoco son las mismas. En cuanto al alcance, una obra mayor implica que se va a modificar en parte la configuración arquitectónica del edificio, algunos de los elementos comunes propiedad de la comunidad de vecinos. Son elementos como la fachada, el portal, la escalera o el tejado. Por ejemplo, la rehabilitación completa de una fachada sería una obra mayor. También la rehabilitación integral de un edificio, el cambio de uso de vivienda a local o la eliminación de barreras arquitectónicas del portal. Por su parte, en una obra menor no se toca la configuración arquitectónica del edificio. Son por ejemplo reparaciones puntuales, trabajos de pintura o pequeños trabajos en la fachada.
¿Que proyecto se necesita para una obra mayor y una menor?
Pasamos ahora al apartado del proyecto ya que también hay diferencias notables entre una obra mayor y una obra menor. En el primer caso hace falta un proyecto técnico, documento firmado por un arquitecto y sellado por el Colegio Oficial de Arquitectos que corresponda. En ese documento ha de constar, entre otras cosas, el tipo de actuación a acometer por Construcciones Tomás Monsalve. También cómo realizarla, sobre qué elementos incidir o qué materiales usar. Para obtener la licencia de obra mayor habrá que presentar el proyecto técnico firmado y sellado por el arquitecto. En cambio, para una obra menor es suficiente con adjuntar una descripción de los trabajos a realizar solicitando además la correspondiente licencia al Ayuntamiento de turno.
En la ejecución de una obra mayor como la rehabilitación total de una fachada hay que tener en cuenta tres perfiles profesionales: director de obra, director de ejecución material y coordinador de seguridad. En las obras menores estas figuras no son necesarias. El director de ejecución material es un arquitecto técnico encargado de dirigir y supervisar la ejecución de la obra. Por su parte, el coordinador de seguridad elabora el plan de seguridad y salud de la obra. Por eso mismo, su cometido esencial será el de garantizar la seguridad de los trabajadores.
Es improbable encontrar a blogers con conocimientos sobre este asunto , pero creo que sabes de lo que estás comentando. Gracias compartir información como este.